Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite demanda por reparación directa contra la Superintendencia Nacional de Salud por falta de competencia
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 11:50:0
Contexto y antecedentes del caso
La demanda fue interpuesta por una sociedad prestadora de servicios de salud contra la Superintendencia Nacional de Salud, en ejercicio de la acción de reparación directa. La reclamación se basa en la presunta responsabilidad extracontractual, patrimonial y solidaria de la entidad demandada por fallas en el servicio, consistentes en el retardo en decretar la liquidación de una entidad promotora de salud (EPS) y en la omisión e ineficiencia en el ejercicio de sus funciones de vigilancia y protección del flujo de recursos del sistema de salud.
Se alega que dichas conductas permitieron a la EPS incumplir obligaciones de pago por servicios de salud, generando un daño material por un monto superior a mil millones de pesos y lucro cesante correspondiente a intereses moratorios. La demandante solicitó la condena al pago de estas sumas por concepto de daño emergente y lucro cesante.
Competencia y fundamento jurídico de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca examinó la competencia conforme a lo previsto en la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo) y sus modificaciones recientes introducidas por la Ley 2080 de 2021. De acuerdo con el artículo 152, los tribunales administrativos conocen en primera instancia los asuntos de reparación directa cuando la cuantía supera los mil salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). Por el contrario, los jueces administrativos conocen los mismos asuntos si la cuantía no supera dicho monto, conforme al artículo 155.
Para determinar la cuantía en demandas con varias pretensiones, el artículo 157 establece que se tomará en cuenta el valor de la pretensión...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.