Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso contra prescindencia de audiencias en dictamen pericial
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 13:39:30
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta - Subsección “A”, emitió un auto el 17 de febrero de 2026 en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por una sociedad contra la Unidad Administrativa Especial de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN). El auto resuelve sobre recursos de reposición y en subsidio de queja interpuestos contra un fallo previo que había declarado improcedentes recursos de apelación relacionados con la prescindencia de audiencias para la contradicción y práctica del dictamen pericial.
Antecedentes del proceso
La sociedad demandante solicitó la nulidad de una liquidación oficial que modificó el impuesto sobre la renta del año gravable 2020. Tras la admisión de la demanda y el desarrollo del proceso, se decretaron varios dictámenes periciales contables. En un auto anterior, el tribunal decidió prescindir de la realización de audiencias para la contradicción y práctica de dichos dictámenes, optando por correr traslado de los mismos por un término de tres días a las partes y al Ministerio Público, conforme a los artículos 219 de la Ley 1437 de 2011 y 228 del Código General del Proceso (CGP).
Contra esta decisión, ambas partes presentaron recursos de apelación que fueron rechazados por improcedentes, argumentando que la prescindencia de audiencias no era apelable. La demandante interpuso entonces recurso de reposición y en subsidio de queja contra este rechazo.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Tribunal Administrativo analizó la procedencia del recurso de apelación en relación con la decisión de prescindir de la audiencia para la contradicción del dictamen pericial. En...
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