Tribunal Administrativo de Cundinamarca remite demanda por competencia a juzgados administrativos de Bogotá
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 13:43:5
Competencia y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Cuarta, Subsección A, emitió un auto en materia de nulidad y restablecimiento del derecho, en el que analizó la competencia para conocer un proceso iniciado por una empresa contra la DIAN. La decisión se centró en la valoración del factor objetivo —la cuantía de la pretensión— para determinar si corresponde al tribunal o a los juzgados administrativos conocer la demanda en primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
La empresa demandante interpuso una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra la DIAN, solicitando anular dos resoluciones relacionadas con una sanción por devolución o compensación improcedente del saldo a favor en una declaración privada del impuesto sobre las ventas (IVA) correspondiente al primer bimestre del año gravable 2017. Además, solicitó que se declarara que no debe reintegrar suma alguna por concepto de devolución, sanción, multa ni intereses de mora derivados de esa situación.
El tribunal revisó el escrito de demanda y sus anexos, donde la cuantía estimada ascendía a aproximadamente seiscientos millones setecientos sesenta y nueve mil pesos ($600.769.000), monto inferior al límite legal para competencia de tribunales administrativos en primera instancia, que para el año 2025 está fijado en quinientos (500) salarios mínimos legales mensuales vigentes, equivalentes a setecientos once millones setecientos cincuenta mil pesos ($711.750.000).
Consideraciones sobre la competencia
El tribunal recordó que la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021, establece claramente la competencia según la cuantía en procesos de nulidad y restablecimiento del derecho. El artículo 152 dispone que los tribunales administrativos conocen estos procesos cuando la...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.