Providencia emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en segunda instancia
La providencia objeto de análisis fue proferida por la Sección Primera, Subsección “A”, del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, mediante auto fechado el 10 de febrero de 2026. La decisión versa sobre la inadmisión de una demanda interpuesta contra la Nación – Contraloría General de la República, en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, regulado en el artículo 138 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue inicialmente asignada al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, que inadmitió la demanda por presentar falencias técnicas y por falta de competencia material para conocer un asunto con cuantía superior a 500 salarios mínimos legales mensuales vigentes (SMLMV). En consecuencia, el expediente fue remitido al Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Posteriormente, una magistrada sustanciadora del Tribunal se declaró impedida para conocer el asunto, lo que fue negado por la Sala Dual de la Subsección. Así, el auto de inadmisión fue emitido por la magistrada ponente de la Sección Primera.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal determinó que la demanda presentaba deficiencias sustanciales que impedían su trámite, entre ellas:
- La falta de presentación de una copia íntegra y legible del Auto No. 0781 de 30 de abril de 2021, instrumento fundamental que contiene el fallo de responsabilidad fiscal cuestionado.
- La ausencia de constancia de notificación del Auto No. ORD-801119-139-2021 del 11 de junio de 2021, que confirmó la decisión inicial y es necesaria para acreditar la adecuada notificación y...