Tribunal Administrativo de Cundinamarca se pronuncia sobre excepciones en proceso de nulidad y restablecimiento del derecho contra cancelación de visa
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 13:53:46
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección C, es competente para conocer y decidir el presente proceso, en virtud del artículo 125.3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). La providencia judicial adoptada corresponde a un auto sobre excepciones dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta contra el Ministerio de Relaciones Exteriores y la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, quienes fungieron como demandados. El proceso cuestiona la nulidad del Acta de cancelación de una visa tipo R, otorgada inicialmente en diciembre de 2018 a un ciudadano extranjero en calidad de padre o madre de colombiano por nacimiento.
Tras la admisión de la demanda, el Ministerio de Relaciones Exteriores contestó sin proponer excepciones procesales, mientras que Migración Colombia formuló dos excepciones: la caducidad del medio de control y la falta de legitimación en la causa por pasiva.
Análisis de las excepciones planteadas
Excepción de caducidad: Esta alegaba que la demanda se presentó fuera del término legal de cuatro meses contados desde la notificación del acto administrativo que canceló la visa. Según Migración Colombia, la demanda debió haberse presentado antes de la conciliación extrajudicial, que terminó en agosto de 2023, mientras que la demanda se radicó en marzo de 2024.
Sin embargo, el tribunal verificó documentalmente que la notificación se efectuó el 10 de marzo de 2023, iniciándose el término para presentar el medio de control el 11 de marzo de ese año. El demandante solicitó conciliación extrajudicial dentro del término legal, que culminó el 28 de agosto de...
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