Contexto y Tribunal competente
La providencia fue proferida por la Subsección “A” de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, entidad competente para conocer en primera instancia de procesos contencioso-administrativos relacionados con actos de la administración pública. El auto judicial admite la demanda interpuesta contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), organismo encargado de la regulación y control en materia de propiedad industrial, incluyendo el registro de marcas.
Antecedentes fácticos y procesales
La sociedad demandante, a través de apoderado judicial, presentó demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra dos resoluciones emitidas por la SIC: la primera del 7 de septiembre de 2022 y la segunda del 28 de septiembre de 2023. Ambas resoluciones declararon fundada la oposición de un tercero interesado y negaron el registro de la marca nominativa “CORONA” para identificar armas blancas, cuchillería, tenedores y cucharas, productos comprendidos en la Clase 8 Internacional del sistema de clasificaciones de marcas.
La demanda solicita que se declare la nulidad de estas resoluciones, y en consecuencia, que la SIC sea ordenada a registrar la marca mencionada y asignarle el correspondiente número de certificado de registro para los productos indicados. Además, se pide la publicación de la sentencia en la Gaceta de Propiedad Industrial.
Consideraciones principales de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, tras verificar que la demanda cumplía con los requisitos procesales establecidos en los artículos 162 y 166 de la Ley 1437 de 2011 (Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo), decidió admitir la demanda para su trámite en primera instancia.
Entre los aspectos verificados se encuentran:
- La correcta identificación...