Tribunal Administrativo de Cundinamarca corrige error en auto admisorio y rechaza recurso de reposición en medio de control electoral
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 13:56:39
Contexto y naturaleza de la providencia
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección B, emitió el 3 de febrero de 2025 un auto en primera instancia relacionado con un medio de control electoral. La providencia resuelve dos aspectos importantes: la corrección de un error en el auto admisorio de la demanda y la inadmisión de un recurso de reposición interpuesto por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue presentada por un ciudadano en contra de un funcionario público y la mencionada Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca. En el auto admisorio de la demanda, fechado el 21 de noviembre de 2025, se consignó erróneamente como demandante a otra persona, lo que motivó la solicitud de corrección por parte del actor.
Por otra parte, la CAR interpuso un recurso de reposición contra el auto admisorio, alegando que la demanda y sus anexos no fueron debidamente allegados a su buzón judicial electrónico, lo que según esta entidad justificaría la inadmisión o rechazo de la demanda.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal, al analizar el caso, invocó el artículo 286 del Código General del Proceso, que permite corregir errores aritméticos o de transcripción en las providencias cuando estos afectan la parte resolutiva o influyen en ella. Se constató que el error en la identificación del demandante fue un lapsus mecánico involuntario, pues en el epígrafe del auto y en la demanda consta correctamente el nombre del verdadero actor.
Con relación al recurso de reposición presentado por la CAR, el tribunal recordó que, conforme al inciso segundo del artículo 276 de la Ley...
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