Tribunal Administrativo de Cundinamarca inadmite demanda por falencias formales en protección de derechos colectivos contra la Sociedad de Activos Especiales
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 14:1:52
Contexto y tribunal competente
La providencia en cuestión fue emitida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Primera, Subsección “A”, en Bogotá D.C., en el marco de un proceso que cursa bajo el expediente número 25000-23-41-000-2025-01712-00. La decisión corresponde a un auto que resuelve sobre la admisión de una demanda presentada mediante el mecanismo de Protección de los Derechos e Intereses Colectivos, un medio procesal diseñado para salvaguardar derechos de carácter colectivo conforme a lo previsto en la Ley 472 de 1998 y el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta contra la Nación – Sociedad de Activos Especiales (SAE), entidad encargada de administrar bienes vinculados a procesos de extinción de dominio. El actor, en ejercicio del referido medio de control, alegó la presunta vulneración del derecho colectivo a la moralidad administrativa por parte de la demandada. Solicitó diversas medidas de protección, correctivas y preventivas orientadas a garantizar transparencia, publicidad y control en la gestión de los bienes incorporados al Fondo para la Recuperación y Saneamiento de Bienes (FRISCO).
Entre las pretensiones se incluían planes de corrección para asegurar la transparencia en la gestión pública, publicación periódica de información detallada sobre los bienes y procesos, suspensión de actos de enajenación, administración, transferencia y disposición de bienes, así como la implementación de mecanismos de veeduría ciudadana para vigilancia de los actos de gestión. También se solicitó información sobre la aplicación de causales de impedimento y recusación en los procesos judiciales vinculados, así como reportes periódicos de gestión.
Consideraciones y fundamento de la inadmisión
Al estudiar la demanda, el...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.