Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, profirió un auto de rechazo de demanda el 4 de febrero de 2026. La providencia corresponde a un medio de control de Protección de Derechos e Intereses Colectivos, interpuesto por una organización ciudadana contra el Ministerio de Salud y Protección Social. El objetivo era que la autoridad sanitaria emitiera una regulación que obligara a los bancos de sangre a implementar de manera complementaria las pruebas NAT (Nucleic Acid Testing), además de los tamizajes serológicos, para garantizar la defensa del patrimonio público, la salubridad, el acceso eficiente a los servicios públicos y la protección de los derechos de los consumidores.
Antecedentes fácticos y procesales
La organización demandante presentó la acción popular señalando una supuesta vulneración o amenaza a varios derechos colectivos debido a la inexistencia de regulación específica sobre las pruebas NAT en bancos de sangre. La demanda solicitaba que el Ministerio de Salud estableciera dicha obligación dentro de un plazo razonable.
Sin embargo, el magistrado ponente, a través de un auto emitido el 23 de enero de 2026, inadmitió la demanda inicialmente por tres motivos esenciales relacionados con requisitos formales procesales:
- Falta de pruebas allegadas: Aunque se mencionaron 15 documentos en la demanda, estos no fueron anexados al expediente, lo cual es obligatorio conforme al artículo 18 de la Ley 472 de 1998.
- Indicación incompleta de direcciones para notificaciones: La demanda no incluyó la dirección física o electrónica para notificar a la parte demandada, requisito esencial según el artículo 162 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
- No se...