Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma negativa a medida cautelar en proceso contra la Corporación Autónoma Regional (CAR)
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 14:6:14
Contexto y antecedentes del proceso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca conoció un recurso de apelación interpuesto contra un auto de 19 de agosto de 2025, emitido por el Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Girardot, que negó la solicitud de medida cautelar consistente en la suspensión provisional de dos resoluciones administrativas de carácter sancionatorio, expedidas por la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca (CAR) en diciembre de 2023 y diciembre de 2024.
La empresa demandante, prestadora de servicios públicos de acueducto y alcantarillado en Girardot, promovió el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho con fundamento en presuntas irregularidades en la formación de los actos administrativos, argumentando violaciones al artículo 29 de la Constitución Política, al artículo 3 de la Ley 1333 de 2009 y a principios como el debido proceso y la congruencia. En particular, se cuestionó la imposición de una multa superior a ciento cincuenta millones de pesos y la obligación de plantar árboles adicionales, alegando que ya se había cumplido con las exigencias ambientales previas.
Fundamentos y argumentos de las partes
La parte demandante solicitó la medida cautelar de suspensión provisional, basándose en el artículo 231 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), que establece requisitos estrictos para su procedencia, como la existencia de fumus boni iuris (apariencia de buen derecho) y periculum in mora (peligro en la demora). Alegó que la CAR no delimitó claramente la ronda hídrica donde debían ser sembrados los árboles, que las resoluciones sancionatorias adolecen de falsa motivación y violan el derecho de defensa, y que la multa y los...
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