Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena solicitud de certificación laboral en proceso ejecutivo contra la Unidad Nacional de Protección
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 14:12:26
Contexto y tribunal competente
La providencia fue emitida por la Sección Segunda, Subsección E del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en Bogotá D.C., en el marco de un recurso de apelación dentro de un proceso ejecutivo. La decisión se adoptó en respuesta a la apelación presentada por la entidad ejecutada, la Unidad Nacional de Protección, frente a una sentencia previa del Juzgado Cincuenta Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá que ordenó continuar con la ejecución en contra de dicha entidad.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda ejecutiva cuyo objetivo es obtener el pago de prestaciones sociales a las que tiene derecho un agente escolta que laboró en el extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS). Como título ejecutivo, se invocó una sentencia de 2013, confirmada en segunda instancia en 2016, que reconoció la existencia de una relación laboral encubierta o contrato realidad, ordenando el pago de prestaciones sociales equivalentes a las que recibían los empleados de planta encargados de funciones similares.
En cumplimiento de dicha sentencia, la Unidad Nacional de Protección emitió una resolución en 2020 que ordenó el pago de una suma específica. Sin embargo, dentro del proceso ejecutivo no se ha acreditado cuáles prestaciones sociales fueron efectivamente percibidas por los agentes escoltas del DAS, lo que ha generado incertidumbre respecto a la cuantía y alcance de las obligaciones pendientes.
Consideraciones jurídicas y motivo principal de la decisión
El Tribunal recordó que la sentencia base reconoció el derecho a las prestaciones sociales del ejecutante y, por lo tanto, es necesario establecer con precisión cuáles son estas prestaciones. Para ello, se...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.