Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recursos de apelación en proceso contra el Ministerio de Defensa Nacional
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 14:15:9
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial objeto de análisis fue proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda - Subsección “F”, con sede en Bogotá D.C., en fecha trece de febrero de dos mil veintiséis. Esta decisión tiene lugar en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en segunda instancia, derivado de una sentencia inicial emitida por el Juzgado Diecinueve (19) Administrativo del Circuito de Bogotá.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso judicial se originó por una demanda presentada contra la Nación, específicamente contra el Ministerio de Defensa Nacional y la Policía Nacional. La sentencia de primera instancia, dictada el 24 de septiembre de 2025, accedió parcialmente a las pretensiones de la demanda. La notificación de esta resolución se realizó el mismo día a las partes involucradas mediante sus direcciones electrónicas.
Posteriormente, ambas partes interpusieron recurso de apelación dentro del término legal establecido, siendo el 29 de septiembre y el 7 de octubre de 2025 las fechas de presentación de dichos recursos. El juzgado de primera instancia concedió las alzadas el 20 de noviembre del mismo año, cumpliendo con los requisitos de oportunidad y procedencia señalados en la normativa vigente.
Consideraciones de la providencia y razones de la decisión
El tribunal acogió la admisión de los recursos de apelación interpuestos por las partes, en atención a la correcta presentación y cumplimiento de los términos procesales establecidos en la Ley 1437 de 2011, conocida como el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
La providencia detalla el procedimiento a seguir durante el trámite en segunda instancia, incluyendo la notificación de...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.