Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en proceso contra entidad de gestión pensional
Proviene de: Sentencias
24 de febrero de 2026 15:0:32
Contexto procesal y tribunal competente
La providencia objeto de análisis corresponde a un auto proferido por la Sección Segunda, Subsección “B” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en ejercicio de la jurisdicción contencioso administrativa. Este auto tiene como finalidad admitir el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado 20 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá en primera instancia.
El proceso judicial se desarrolla en el marco de un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, iniciado por una parte demandante contra la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social, entidad responsable de la administración de pensiones y contribuciones parafiscales en el país.
Antecedentes fácticos y procesales
La parte demandante impugnó una decisión administrativa que considera afectó sus derechos, por lo que acudió a la jurisdicción contencioso administrativa solicitando la nulidad del acto y el restablecimiento del derecho. En primera instancia, el juzgado administrativo emitió una sentencia en agosto de 2025, contra la cual se presentó recurso de apelación.
El recurso fue presentado por el apoderado judicial de la parte demandante y fue radicado para revisión en segunda instancia ante el Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal, al analizar el recurso de apelación, verificó que este cumplía con los requisitos formales y sustanciales establecidos en el numeral 3°, 4°, 5° y 6° del artículo 2471 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021. Estas disposiciones regulan el procedimiento para la admisión y tramitación del recurso en segunda instancia.
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