Naturaleza y objeto del Acuerdo Único
El Acuerdo Único es un acto administrativo de carácter interadministrativo expedido por el Comité de Conciliación y Defensa Judicial (CCDJ) de la DIAN, en cumplimiento de las facultades conferidas por la Ley 2220 de 2022 y diversas resoluciones regulatorias. Su esencia radica en la compilación orgánica de los acuerdos vigentes emitidos por el Comité desde 2011 hasta 2025, con el propósito de simplificar, sistematizar y facilitar la consulta y aplicación de las políticas de prevención del daño antijurídico y defensa judicial de la entidad.
Este acuerdo unifica criterios y procedimientos sobre temas variados que abarcan desde la defensa en procesos tributarios y aduaneros, hasta aspectos laborales, penales y contractuales. Además, establece mecanismos específicos para la selección y seguimiento de abogados externos, aplicación de mecanismos alternativos de solución de conflictos (MASC), y directrices para la actuación en conciliaciones, preacuerdos, principios de oportunidad y procesos judiciales en general.
Ámbito de aplicación y actores involucrados
El Acuerdo Único tiene un ámbito nacional, aplicable en todas las dependencias de la DIAN a nivel central y regional. Es de obligatorio cumplimiento para los integrantes permanentes del Comité —compuesto por altos directivos de la entidad como el Director General o su delegado, directores de gestión corporativa, jurídica y fiscalización, entre otros— así como para los funcionarios invitados que participan en calidad de expertos o asesores.
La Secretaría Técnica del Comité, ejercida por un funcionario público profesional del derecho, es la encargada de coordinar las actividades del Comité, elaborar actas, emitir certificaciones y supervisar el cumplimiento de las decisiones adoptadas.
Principales disposiciones y compromisos
El acuerdo establece: