Comisión de Regulación de Energía y Gas publica Circular No. 244 de 2026 sobre cronograma para solicitudes tarifarias en comercialización minorista de gas combustible
Proviene de: Circulares
2 de marzo de 2026 10:50:29
Contexto y objetivo de la Circular No. 244 de 2026
La Circular No. 244 de 2026 fue emitida por la Dirección Ejecutiva de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) con el propósito de organizar y regular la presentación de solicitudes tarifarias que deben realizar los comercializadores minoristas de gas combustible por redes de tubería. Estas solicitudes apuntan a la aprobación del componente fijo del costo de comercialización para usuarios regulados durante el próximo período tarifario.
Este procedimiento se fundamenta en la metodología vigente definida en las Resoluciones CREG 102003 de 2022 y 102019 de 2025, las cuales regulan la remuneración de la actividad de comercialización minorista de gas. La circular responde a la necesidad de sistematizar la recepción de documentación, evitando la concentración de solicitudes en un mismo periodo y facilitando la gestión administrativa de la CREG.
Alcance y sujetos obligados
El documento está dirigido exclusivamente a los comercializadores minoristas de gas combustible por redes de tubería que operan en los mercados relevantes de comercialización. El alcance es externo, pues afecta directamente a estas empresas y, por ende, a los usuarios regulados que consumen gas combustible bajo su prestación.
Se establecen plazos específicos para la presentación de solicitudes distribuidos en dos años: 2026 y 2027. En 2026 deberán presentar las solicitudes los mercados aprobados antes de 2015, mientras que en 2027 corresponderá a aquellos aprobados entre 2015 y 2022. El cronograma clasifica a las empresas en grupos, asignándoles fechas precisas para enviar la documentación correspondiente.
Fuerza vinculante y validez legal
Al tratarse de una circular expedida por la autoridad reguladora competente —la CREG—, la misma tiene carácter vinculante para los sujetos obligados. El cumplimiento estricto de los plazos y requisitos establecidos es obligatorio, y cualquier incumplimiento puede afectar la aprobación tarifaria y la operatividad de los comercializadores en el mercado regulado.
Esta Circular se complementa con otras disposiciones previas, como la Circular CREG 237 de 2026, y se enmarca dentro del régimen legal que regula la actividad de comercialización minorista de gas combustible, garantizando seguridad jurídica y transparencia en el proceso tarifario.
Contenido sustancial y principales instrucciones
El cuerpo de la Circular detalla un cronograma minucioso que segmenta a los comercializadores en grupos con fechas específicas para la presentación de sus solicitudes tarifarias. El objetivo es evitar congestiones y facilitar la evaluación ordenada de cada caso.
Además, se indica que el reporte de información en el aplicativo APLIGAS, herramienta para la gestión de datos tarifarios, debe estar actualizado conforme a las Circulares CREG 052 y 054 de 2022. Este reporte puede ser realizado en cualquier momento antes de las fechas señaladas para la solicitud, dentro del mismo año de presentación —ya sea 2026 o 2027—.
La Circular también prevé un mecanismo para que las empresas que no aparezcan en los listados oficiales comuniquen su situación a la CREG antes del 27 de febrero de 2026, asegurando la inclusión en el cronograma correspondiente.
Finalmente, se ofrece un canal de soporte técnico para la gestión del aplicativo APLIGAS, contribuyendo a la correcta presentación y procesamiento de las solicitudes.
Importancia para el sector y el público en general
Esta Circular representa una herramienta esencial para la regulación del mercado de gas combustible en Colombia, pues asegura que los procesos tarifarios se realicen con orden, transparencia y en cumplimiento de la normativa vigente. Para los comercializadores, implica claridad sobre sus obligaciones y los plazos a cumplir. Para los usuarios regulados y el público interesado, garantiza que las tarifas se establezcan bajo procedimientos controlados y supervisados por la autoridad competente, lo que contribuye a la protección de sus derechos y a la eficiencia del mercado energético.
La publicación y cumplimiento de esta Circular forman parte de las prácticas regulatorias que fortalecen la seguridad jurídica y la confianza en el sector energético colombiano.
Para consultar la Circular No. 244 de 2026, puede dirigirse a la página oficial de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), donde se encuentra disponible para su descarga y revisión. Asimismo, la CREG mantiene canales de atención para resolver dudas y brindar soporte a los comercializadores y usuarios interesados en el proceso tarifario establecido.
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.
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