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Corte Constitucional anuncia decisión sobre licencia parental en adopciones

Proviene de: Comunicados de Prensa

21 de abril de 2026 14:19:45

Elementos clave

  • Entidad emisora: Corte Constitucional.
  • Fecha del comunicado: 18 de febrero de 2026.
  • Decisión principal: Se declaró exequible condicionadamente el numeral 4 y el inciso segundo del parágrafo 2 del artículo 2 de la Ley 2114 de 2021, en el entendido de que la pareja adoptante, sin importar su género, podrá elegir por una sola vez quién gozará de la licencia de maternidad y quién de la licencia de paternidad.
  • Argumento central: La Corte consideró que la asignación automática de licencias basadas en estereotipos de género vulneraba el principio de igualdad consagrado en el artículo 13 de la Constitución Política. Además, se corrigió el trato diferencial injustificado entre parejas heteroparentales y homoparentales adoptantes, garantizando igualdad en el acceso a las licencias parentales.

La Sala Plena analizó la demanda de inconstitucionalidad que cuestionaba la asignación automática de licencias a la madre adoptante en parejas heteroparentales, lo que se consideró contrario al principio de igualdad y discriminatorio frente a parejas del mismo sexo. Se aplicó un test estricto de igualdad y se concluyó que la norma afectaba derechos fundamentales relacionados con la corresponsabilidad familiar y la no discriminación por género.

El comunicado destaca que esta decisión preliminar tendrá un impacto significativo en la regulación de licencias parentales en casos de adopción, asegurando un tratamiento igualitario y ajustado a los estándares constitucionales. De esta manera, se promueve un modelo familiar más inclusivo y respetuoso de las diversas formas de parentalidad, fomentando la corresponsabilidad en el cuidado y crianza de los menores adoptados.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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