La Corte Constitucional define competencia para conflicto entre jurisdicciones laborales y administrativas
Proviene de: Autos
2 de marzo de 2026 11:8:54
La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio de sus funciones constitucionales, analizó un conflicto de jurisdicciones suscitado entre un juzgado laboral y un juzgado administrativo del circuito de Cali, relacionado con una demanda laboral promovida contra una empresa privada contratista y una entidad pública beneficiaria del servicio.
Antecedentes del caso
La demanda ordinaria laboral fue presentada por una trabajadora que alegó la existencia de un contrato laboral con la empresa contratista y solicitó que se declarara la solidaridad laboral de la entidad pública respecto a las obligaciones laborales y la indemnización por despido sin justa causa. La demandante afirmó que su contrato, celebrado para la ejecución de una orden de compra suscrita entre la entidad pública y la contratista, fue terminado unilateralmente sin justa causa, generándole perjuicios económicos y morales.
Inicialmente, el juzgado laboral admitió la demanda y ordenó el traslado a los demandados. Sin embargo, luego de diversas actuaciones procesales, el juzgado laboral declaró su falta de jurisdicción para conocer del asunto, argumentando que la controversia involucraba a una entidad pública y correspondía a la jurisdicción contencioso administrativa. En consecuencia, remitió el expediente para que fuera asignado a un juzgado administrativo. Este último juzgado, tras inadmitir la demanda, reconsideró su decisión y también declaró su falta de competencia, proponiendo un conflicto negativo entre jurisdicciones y remitiendo el caso a la Corte Constitucional para su definición.
Análisis jurídico y decisión de la Corte
La Corte Constitucional verificó que el conflicto cumplía con los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la existencia de un conflicto de jurisdicciones, dado que las autoridades judiciales en disputa...
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