Contexto y Emisor del Decreto
El Decreto Único del Sector Movilidad fue emitido por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en ejercicio de las facultades conferidas por la Constitución Política de Colombia y diversas normas distritales, especialmente el artículo 315 numeral 1° de la Constitución y el Decreto Ley 1421 de 1993. Su publicación oficial data del 22 de diciembre de 2025 y se identifica con el número xxB^9.
Objetivo y Relevancia
Este decreto tiene como propósito fundamental compilar, depurar y racionalizar el cuerpo normativo vigente que regula el sector movilidad en Bogotá. Esta medida responde a la necesidad de simplificar el marco jurídico, mejorar la gestión pública y garantizar la seguridad jurídica, con un impacto directo en la planificación, operación y control del sistema de transporte y tránsito de la ciudad. Asimismo, busca facilitar la toma de decisiones y promover una movilidad segura, sostenible y corresponsable para todos los actores viales.
Medidas Específicas y Estructura Normativa
El decreto compila las normas distritales relacionadas con el sector movilidad, incluyendo reglamentos sobre tránsito, transporte público y privado, infraestructura vial, seguridad vial, y gestión administrativa y jurídica del sector. Entre las principales disposiciones destacan:
- La definición clara de la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Movilidad, con sus respectivas subsecretarías, direcciones y oficinas asesoras, encargadas de funciones como la formulación de políticas, control disciplinario, gestión jurídica, seguridad vial, atención al ciudadano, y tecnologías de la información.
- La regulación detallada del Sistema Integrado de Transporte Público (SITP), Transmilenio S.A., y la Empresa Metro de Bogotá S.A., estableciendo sus competencias, funciones y mecanismos de operación.
- La adopción y reglamentación de sistemas...