Proyecto de Resolución de la Contraloría General reglamenta el registro y publicación del Boletín de Responsables Fiscales
Proviene de: Proyectos de Resolución
2 de marzo de 2026 11:28:21
Propósito general y objetivos del proyecto
El proyecto de resolución establece las normas para el registro de inclusiones, exclusiones y novedades en el SIBOR, así como los lineamientos para la publicación periódica del Boletín de Responsables Fiscales. Su objetivo principal es garantizar un manejo eficiente, confiable y actualizado de la información relacionada con los fallos ejecutoriados de responsabilidad fiscal, facilitando tanto la consulta pública como la gestión interna de la Contraloría General de la República.
Nuevas disposiciones y mecanismos introducidos
Entre las innovaciones más relevantes, el proyecto define claramente las competencias de los funcionarios encargados de solicitar el registro en el SIBOR, quienes deben acreditar su calidad y responsabilidad para tramitar inclusiones, exclusiones o novedades. Además, se establecen formularios específicos para dichas gestiones, los cuales deben ser diligenciados y presentados en formatos físicos o digitales, acompañados de los actos administrativos respectivos.
El proyecto también reglamenta los tiempos para la recepción, verificación y registro de la información, señalando plazos claros para la subsanación de inconsistencias y procedimientos para la suspensión temporal del registro por orden judicial. Asimismo, se precisa que la Contraloría Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervención Judicial y Cobro Coactivo será la entidad encargada de administrar y actualizar periódicamente el software aplicativo del SIBOR, con apoyo técnico de la Oficina de Sistemas e Informática.
Acciones y regulaciones establecidas
El Boletín de Responsables Fiscales será publicado trimestralmente en la página oficial de la Contraloría, dentro de los cinco primeros días hábiles posteriores a cada trimestre calendario. Se establecen requisitos para el reporte oportuno de la información, que debe realizarse dentro de los cinco días hábiles siguientes a...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.