Consejo de Estado confirma liquidación de costas en proceso de reparación de perjuicios causados a un grupo
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 11:54:17
Providencia judicial y competencia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección C, del Consejo de Estado, conoció en segunda instancia el recurso de apelación contra el auto emitido por el Tribunal Administrativo de Antioquia que aprobó la liquidación de costas en un proceso de reparación directa. Esta providencia judicial, fechada el 13 de febrero de 2026, fue proferida conforme a las normas del Código General del Proceso (CGP) y la Ley 472 de 1998.
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda de reparación de perjuicios fue presentada en octubre de 2019, solicitando reconocer la responsabilidad de la Nación – Rama Judicial y otro ente estatal por errores jurisdiccionales en sentencias que negaron acciones laborales y por supuesta falta de vigilancia durante el proceso. En junio de 2021, el Tribunal Administrativo de Antioquia declaró la falta de legitimación en la causa por pasiva de uno de los demandados, negó las pretensiones y condenó a la parte demandante al pago de costas.
Disconforme, la parte demandante interpuso recurso de apelación, el cual fue confirmado en abril de 2025 por el Consejo de Estado, que además fijó las agencias en derecho (honorarios de abogados) en un salario mínimo legal mensual vigente por cada demandada. Posteriormente, el Tribunal ordenó cumplir esta decisión y fijó en julio de 2025 las agencias en derecho de primera instancia en un 3% de la cuantía estimada del proceso, equivalente a más de 158 millones de pesos. La Secretaría del Tribunal liquidó las costas y agencias en derecho de ambas instancias en más de 161 millones de pesos, liquidación que fue aprobada...
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