Consejo de Estado ampara derecho al debido proceso frente a mora judicial en Juzgado Administrativo de Barranquilla
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 11:55:42
Contexto y antecedentes del caso
La Sección Cuarta del Consejo de Estado decidió sobre la impugnación presentada contra una sentencia del Tribunal Administrativo del Atlántico, que había declarado la carencia actual de objeto en una acción de tutela interpuesta por una parte demandante en ejercicio propio. Dicha acción pretendía proteger los derechos fundamentales al debido proceso y al acceso a la administración de justicia, afectados por la tardanza injustificada en el trámite judicial en el Juzgado Noveno Administrativo del Circuito de Barranquilla.
Los hechos se remontan a una demanda presentada en 2017 mediante el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho contra una Contraloría Municipal, con la intención de declarar la nulidad de un fallo con responsabilidad fiscal y otros actos relacionados. Aunque la demanda fue admitida en 2018, el proceso permaneció inactivo por años, especialmente entre 2021 y 2025, sin que se convocara audiencia inicial ni se adoptaran decisiones que impulsaran el trámite. La parte demandante realizó múltiples solicitudes formales de impulso procesal, sin obtener respuesta efectiva.
El juzgado responsable explicó que la demora obedecía a una situación estructural de congestión judicial, con más de 400 expedientes en trámite, incremento en acciones constitucionales y limitaciones en la planta de personal y apoyo administrativo. Sin embargo, estas razones fueron consideradas insuficientes para justificar la prolongada inactividad en el caso concreto.
Consideraciones jurídicas de la providencia
La Sala recordó que la mora judicial implica una conducta dilatoria del juez que incumple los términos legales sin una justificación objetiva y razonable, configurando un obstáculo para el acceso a la administración de justicia. Se destacó que...
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