Consejo de Estado ordena vinculación de juzgado en acción de tutela por presunta vulneración de derechos fundamentales
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 11:58:35
Providencia del Consejo de Estado en primera instancia
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, en auto fechado el 13 de febrero de 2026, resolvió sobre una acción de tutela interpuesta contra varias autoridades, entre ellas un juzgado penal de Bogotá. La providencia se emite en el contexto del trámite de la acción constitucional, admitida previamente por esta misma Sala, y tiene por objeto garantizar el derecho a la contradicción y defensa en el proceso.
Antecedentes del caso
El accionante presentó la tutela argumentando la vulneración de sus derechos fundamentales a la igualdad y al libre desarrollo de la personalidad. Inicialmente, el Consejo de Estado vinculó al Juzgado Veintitrés Penal del Circuito con Función de Conocimiento de Bogotá como autoridad accionada. Sin embargo, tras un análisis del expediente y un informe remitido por dicha autoridad judicial, se constató una imprecisión en la identificación del juzgado responsable, señalando que el proceso relacionado cursó ante el Juzgado Cuarenta y Tres Penal del Circuito de Bogotá.
Consideraciones jurídicas y decisión
El Consejo de Estado fundamentó su decisión en el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991, que permite al juez conformar el contradictorio vinculando a todas las autoridades y terceros que puedan verse afectados en el trámite de la acción de tutela. Esta garantía procesal es esencial para asegurar el derecho de audiencia y defensa, consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política.
En este sentido, la Sala determinó que, para garantizar la correcta participación y pronunciamiento de los involucrados, es necesario vincular formalmente al Juzgado Cuarenta y Tres Penal del...
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