Consejo de Estado admite demanda contra oficio de la DIAN sobre términos de firmeza tributaria
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:7:46
Contexto y tribunal competente
La providencia fue proferida por la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, máxima instancia en materia administrativa. Se trata de un auto que admite la demanda de nulidad presentada en ejercicio del medio de control establecido en el artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
Antecedentes fácticos y procesales
La demanda fue interpuesta contra un aparte del Oficio 1543 del 6 de diciembre de 2018, expedido por la Dirección de Gestión Jurídica de la DIAN. En este oficio, la entidad indicó que los nuevos términos de firmeza para las declaraciones tributarias, establecidos en la Ley 1819 de 2016, aplican para declaraciones presentadas desde la vigencia de dicha ley, sin importar el periodo gravable al que correspondan. La recurrente solicitó que se declarara la nulidad de esta interpretación, argumentando que no se ajusta a derecho.
Tras verificar el cumplimiento de los requisitos legales previstos en los artículos 162 y siguientes del CPACA, el Consejo de Estado resolvió admitir la demanda para su trámite.
Consideraciones principales del auto
El auto establece la admisión formal de la demanda y ordena notificar personalmente al Director de Impuestos y Aduanas Nacionales o a su delegado, así como al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, conforme a lo dispuesto en el CPACA.
Además, corre traslado a la DIAN, al Ministerio Público y a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que contesten la demanda en un término de treinta días, pudiendo presentar excepciones y solicitar pruebas. Durante este...
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