Consejo de Estado admite recurso extraordinario de revisión sobre reconocimiento de horas extras en Santa Marta
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:13:26
Contexto y naturaleza de la providencia
El pasado 23 de febrero de 2026, la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, subsección A, profirió un auto sobre la admisibilidad de un recurso extraordinario de revisión interpuesto contra la sentencia del Tribunal Administrativo del Magdalena de septiembre de 2022. La revisión se solicitó respecto a una controversia sobre el reconocimiento y pago de horas extras y compensatorios a celadores de colegios oficiales en Santa Marta. El recurso fue presentado contra la Nación, el Ministerio de Educación Nacional, la Secretaría de Educación Distrital de Santa Marta y la Alcaldía Distrital de Santa Marta.
Antecedentes fácticos y procesales
Los recurrentes solicitaron la revisión con base en tres causales contempladas en el artículo 250 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA): la primera, relacionada con la aparición posterior de documentos decisivos; la quinta, que alude a incongruencia y falta de valoración integral de pruebas; y la octava, que se refiere a la contradicción con sentencia anterior que constituya cosa juzgada. Entre los documentos aportados se encuentran dos resoluciones del Distrito de Santa Marta (2018 y 2022) que reconocieron y ordenaron el pago de horas extras y compensatorios, y una sentencia previa en un caso similar.
El Consejo de Estado requirió la subsanación de algunas deficiencias formales y de claridad en la exposición de las causales invocadas. Tras la presentación del escrito de subsanación, el auto decidió admitir exclusivamente la causal quinta, rechazando las causales primera y octava por no cumplir los requisitos legales.
Consideraciones jurídicas de la decisión
El Consejo de Estado enfatizó que...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.