Consejo de Estado confirma negativa a suspensión provisional en infracción urbanística por aplicación del principio de favorabilidad
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:16:27
Providencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo en segunda instancia
La Sala Primera del Consejo de Estado, en ejercicio de su competencia legal, resolvió un recurso de apelación contra un auto dictado por el Tribunal Administrativo del Cauca que había negado la medida cautelar de suspensión provisional solicitada frente a un Auto Resolutorio emitido por la Secretaría de Gobierno Municipal de Popayán. Este auto resolvió la solicitud de aplicación del principio de favorabilidad establecida en el artículo 137 de la Ley 1801 de 2016, como parte de un proceso por presunta infracción urbanística.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una visita técnica realizada por la Oficina Asesora de Planeación, que detectó la ejecución de una construcción de varios pisos sin la licencia de construcción en firme requerida. Se impuso medida correctiva consistente en multa y demolición de obra, a menos que el infractor aportara el reconocimiento de la construcción mediante la licencia correspondiente. El infractor presentó una licencia de construcción para obra nueva emitida posteriormente al plazo concedido para subsanar la infracción, pero no aportó la licencia de reconocimiento de obra existente exigida para regularizar la situación.
Posteriormente, la autoridad administrativa negó la aplicación del principio de favorabilidad, por considerar que la licencia aportada no subsanaba la infracción, dado que correspondía a obra nueva y no a reconocimiento de obra existente, modalidad necesaria para la regularización en ese caso. El demandante solicitó la suspensión provisional de dicho acto administrativo, alegando vulneración del principio de favorabilidad y presunción de legalidad de la licencia otorgada.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la...
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