Consejo de Estado confirma nulidad de contribución adicional para empresa de gas en 2020
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:23:46
Providencia judicial y tribunal competente
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Cuarta del Consejo de Estado, en calidad de segunda instancia, emitió una sentencia el 19 de febrero de 2026 mediante la cual resolvió el recurso de apelación interpuesto por la entidad demandada en contra de la sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Subsección “A”, el 13 de febrero de 2025.
Antecedentes fácticos y procesales
La controversia surge por la liquidación oficial expedida el 25 de agosto de 2020 por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios (SSPD), que estableció una contribución adicional para la vigencia de 2020 a cargo de una empresa dedicada a la prestación de servicios públicos domiciliarios en el sector de gas combustible. La contribución se fundamentó en el artículo 314 de la Ley 1955 de 2019, ascendiendo inicialmente a más de 14 mil millones de pesos. Ante esta liquidación, la empresa presentó recursos administrativos de reposición y apelación, resolviéndose finalmente en una reducción del monto a aproximadamente 5 mil millones de pesos.
La empresa interpuso demanda en ejercicio del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, solicitando la nulidad total de la liquidación y las resoluciones que resolvieron los recursos administrativos, argumentando la inconstitucionalidad de las normas que respaldaban la liquidación, la configuración de una doble imposición, la desnaturalización de la figura tributaria y la imposición de una carga desproporcionada que afectaba la eficiencia en la prestación del servicio.
Por su parte, la SSPD, en apelación, solicitó la revocatoria de la sentencia de primera instancia, basándose en la jurisprudencia de la Corte Constitucional...
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