Consejo de Estado rechaza recurso de apelación en caso de diferencias salariales para servidores públicos
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:34:16
Providencia de segunda instancia en el ámbito contencioso administrativo
La Sala de lo Contencioso Administrativo, Subsección A, del Consejo de Estado, en su calidad de tribunal de segunda instancia, emitió un auto el 23 de febrero de 2026, mediante el cual rechazó el recurso de apelación interpuesto por la Dirección Ejecutiva de Administración Judicial de la Rama Judicial contra la sentencia proferida el 30 de noviembre de 2022 por la Sala Transitoria del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. La decisión de primera instancia había accedido parcialmente a las pretensiones planteadas en un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho.
Antecedentes del proceso
El proceso inició con la demanda presentada por una servidora pública contra la Nación, representada por la Rama Judicial, con el objetivo de obtener el pago de diferencias salariales y prestaciones sociales adeudadas, derivadas de la prima especial de servicios establecida en el artículo 14 de la Ley 4ª de 1992. La sentencia de primera instancia reconoció que dicha prima debe ser considerada como un incremento adicional al salario básico y no como una reducción, condenando a la entidad demandada a pagar las diferencias correspondientes desde el 14 de febrero de 2016, debido a la prescripción de las obligaciones anteriores a esa fecha.
La parte demandada interpuso recurso de apelación argumentando, entre otros aspectos, la falta de apropiación presupuestal para cubrir el pago de las acreencias laborales, conforme al artículo 71 del Decreto 111 de 1996, y cuestionando la procedencia del reconocimiento económico. Citó además normativas relevantes como el artículo 10 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), el...
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