Consejo de Estado confirma competencia de la Defensoría para administrar indemnizaciones en acción de grupo
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:35:47
Contexto y tribunal que resolvió la cuestión
La decisión fue adoptada por la Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Tercera, Subsección A del Consejo de Estado, en segunda instancia, en el marco de un proceso de reparación colectiva por daños causados en un siniestro ocurrido en 2014. La providencia, emitida en febrero de 2026, responde a solicitudes presentadas por el apoderado del grupo demandante respecto a la liquidación y pago de honorarios profesionales derivados de la indemnización reconocida.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó a partir de una demanda presentada en 2014 contra diversas entidades públicas y privadas, en reclamo de reparación por los daños ocasionados en un incidente con víctimas fatales y lesionados. En 2021, el Tribunal Administrativo local condenó a una organización religiosa a indemnizar parte de los perjuicios extrapatrimoniales, decisión que fue apelada y remitida al Consejo de Estado.
En 2024, la Subsección confirmó parcialmente la condena, estableciendo la responsabilidad solidaria de la organización religiosa y de autoridades municipales por la indemnización, y fijando en la sentencia el pago de honorarios equivalentes al 10% de la indemnización para el abogado coordinador del grupo a favor de los integrantes no representados judicialmente.
Posteriormente, el apoderado solicitó al Fondo para la Defensa de los Derechos e Intereses Colectivos, entidad adscrita a la Defensoría del Pueblo y encargada de administrar y pagar las indemnizaciones en acciones de grupo, que realizara la liquidación y pago de dichos honorarios sin exigir autorizaciones notariales individuales de los beneficiarios no representados.
Consideraciones jurídicas y razón principal de la decisión
El despacho ponente recordó que, conforme al artículo 65 de...
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