Tribunal Administrativo de Córdoba corrige error en mandamiento de pago y se abstiene de resolver medida cautelar en proceso ejecutivo contra municipio
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:44:55
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Córdoba, en su despacho número 04, emitió un auto que corrige un error en el numeral tercero de un mandamiento de pago fechado el 18 de julio de 2025, dentro de un proceso ejecutivo de sentencia radicado en 2020. En dicho proceso, la parte ejecutante solicitó la corrección de la providencia debido a una equivocación en el nombre del municipio demandado. Además, presentó una solicitud de medida cautelar para asegurar el cumplimiento del mandato.
Corrección del error material en la providencia
El tribunal identificó que en el numeral tercero del auto se consignó erróneamente el nombre de un municipio distinto al que realmente es parte demandada. La corrección se fundamenta en el artículo 286 del Código General del Proceso, que permite corregir errores puramente aritméticos, de omisión o de alteración de palabras en la parte resolutiva de una providencia, ya sea de oficio o a solicitud de parte, en cualquier tiempo.
En este caso, el error consistía en un cambio equivocado del nombre del municipio en el mandamiento de pago, sin que esto afectara el sentido ni la orden impartida en la decisión. Por ello, el tribunal procedió a corregir el numeral para reflejar correctamente al municipio demandado, garantizando así la exactitud y precisión en la ejecución de la providencia.
Abstención de resolver la solicitud de medida cautelar
Respecto a la solicitud de medida cautelar presentada por la parte ejecutante, el tribunal hizo referencia al artículo 45 de la Ley 1551 de 2012, que regula la no procedibilidad de embargos sobre recursos del sistema general de participaciones,...
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