Tribunal Administrativo de Córdoba acepta desistimiento de recurso de apelación en proceso laboral contra E.S.E. Hospital San Rafael de Chinú
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:49:11
Contexto y tribunal competente
La providencia judicial fue emitida por el Tribunal Administrativo de Córdoba, en la instancia de apelación, mediante auto fechado el 30 de enero de 2026. El proceso corresponde a un medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, instaurado por una demandante contra la E.S.E. Hospital San Rafael de Chinú, en reclamo del reconocimiento de una relación laboral y prestaciones sociales derivadas de su vinculación como auxiliar de enfermería.
Antecedentes fácticos y procesales
Inicialmente, la parte demandante presentó la demanda a través de apoderado judicial, y durante la primera instancia se adelantó audiencia inicial en la que se rechazaron las excepciones de ineptitud de la demanda e indebida representación del demandante. Contra dicha decisión se interpuso recurso de apelación por parte de la entidad hospitalaria demandada.
Posteriormente, la demandante revocó el poder conferido a su apoderado y manifestó desistir de las pretensiones de la demanda y de los recursos interpuestos. En paralelo, el apoderado de la parte demandada también manifestó desistir del recurso de apelación. Sin embargo, se detectaron deficiencias en la facultad para desistir otorgada al apoderado de la entidad hospitalaria, lo que generó requerimientos adicionales por parte del tribunal para acreditar dicha autorización.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El tribunal recordó que la Ley 1437 de 2011, modificada por la Ley 2080 de 2021, no regula expresamente el desistimiento de recursos ordinarios en el proceso administrativo, por lo que, conforme al artículo 306 del CPACA, se aplica supletoriamente el Código General del Proceso (CGP).
Los artículos 314 y 316 del CGP establecen que el desistimiento de pretensiones puede realizarse mientras...
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