Tribunal Administrativo de Córdoba confirma improcedencia de apelación en proceso ejecutivo y concede recurso de queja para revisión superior
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 12:50:5
Providencia dictada por el Tribunal Administrativo de Córdoba en segunda instancia
El pasado 6 de febrero de 2026, la Sala Segunda de Decisión del Tribunal Administrativo de Córdoba, a través de un auto firmado por la magistrada ponente, resolvió un recurso de reposición y, en subsidio, concedió un recurso de queja en un proceso ejecutivo en el que la Nación, representada por entidades como el Ministerio de Defensa, la Policía Nacional y la Fiscalía General, era demandada.
Antecedentes fácticos y procesales
El Juzgado Sexto Administrativo Oral de Montería, mediante auto del 26 de enero de 2023, ordenó continuar con la ejecución de una providencia judicial que hacía las veces de título ejecutivo, rechazando todas las excepciones presentadas por las entidades demandadas, basando su decisión en el artículo 442 del Código General del Proceso (CGP), que limita las excepciones admisibles en estos casos.
Posteriormente, la Policía Nacional interpuso recurso de apelación contra este auto, alegando incumplimiento de requisitos de exigibilidad, falta de demostración de mora y negativa de la obligación. El juzgado concedió el recurso en efecto devolutivo, pero la Sala Segunda del Tribunal Administrativo de Córdoba rechazó la apelación por improcedente, argumentando que las objeciones no constituían excepciones de mérito contempladas por el artículo 442 del CGP. Frente a esta decisión, la parte demandada interpuso recurso de reposición y, en subsidio, recurso de queja.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El tribunal analizó la competencia para resolver el recurso de reposición conforme al artículo 125 numeral 3 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), y determinó que dicho recurso era el...
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