Tribunal Administrativo del Chocó admite recurso de apelación en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 13:2:39
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 12 de febrero de 2026, el Tribunal Administrativo del Chocó emitió un auto interlocutorio mediante el cual avoca conocimiento del proceso y admite los recursos de apelación presentados por las partes demandadas y llamadas en garantía. Esta providencia corresponde a la segunda instancia dentro del proceso de reparación directa regulado por la Ley 1437 de 2011, en su artículo 243 modificado por la Ley 2080 de 2021.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó tras la sentencia proferida el 22 de agosto de 2025 por el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó, que otorgó las pretensiones planteadas en la demanda. En consecuencia, las partes demandadas —el Municipio de Quibdó y Dispac S.A.—, junto con las entidades llamadas en garantía —Compañía Aseguradora de Fianzas S.A. y Proyectos de Ingeniería “PROING”—, interpusieron apelación dentro del término legal establecido, es decir, en un plazo de diez días desde la notificación de la sentencia.
Los recursos de apelación fueron concedidos con efecto suspensivo mediante providencias emitidas en octubre y noviembre de 2025. Posteriormente, en noviembre de 2025, se presentó un memorial por parte de la apoderada de una de las entidades llamadas en garantía, manifestando inconformidad por presunta omisión en el pronunciamiento sobre su recurso. Sin embargo, la revisión del expediente demostró que el juzgado de primera instancia sí se había pronunciado al respecto.
Consideraciones jurídicas del Tribunal
La magistrada ponente, en cumplimiento del Acuerdo No. 008 de 2011 de la Sala Plena de la Corporación, verificó la ausencia de impedimentos para asumir el conocimiento del proceso. Se revisaron...
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