Tribunal Administrativo del Chocó declara impedimento a magistrada por vínculo familiar con servidor público
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 13:6:3
Contexto y competencia de la Sala
El Tribunal Administrativo del Chocó, en su Sala Cuarta de Decisión, resolvió un auto interlocutorio relacionado con la calificación de un impedimento manifestado por una magistrada. La decisión fue tomada en el marco de un proceso de nulidad y restablecimiento del derecho, en el cual se encuentran como demandados la Nación, el Ministerio de Educación Nacional, el Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio (FOMAG), el Departamento del Chocó y su Secretaría de Educación.
La Sala Cuarta, competente para conocer el impedimento, actuó conforme al Acuerdo No. 003 de la Sala Plena del Tribunal, que estableció la recomposición de las salas ordinarias de decisión desde el primero de febrero de 2026.
Antecedentes fácticos y procesales
El impedimento fue manifestado mediante mensaje de datos enviado al despacho judicial por la magistrada involucrada. En dicho mensaje, la magistrada invocó la causal prevista en el numeral 3 del artículo 130 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), que establece la obligación de declararse impedidos cuando un pariente hasta el segundo grado de consanguinidad tenga la condición de servidor público en nivel directivo, asesor o ejecutivo en alguna de las entidades públicas involucradas en el proceso.
En este caso, la magistrada señaló que su hermano ocupa desde febrero de 2020 un cargo de asesor en el Departamento del Chocó, entidad demandada en el proceso. Por esta razón, consideró que podía verse afectada su imparcialidad para intervenir en el asunto.
Consideraciones jurídicas y fundamentación del auto
El Tribunal recordó que los impedimentos son mecanismos esenciales para garantizar la imparcialidad...
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