Tribunal Administrativo del Huila rechaza demanda contra orden de desalojo emitida por Inspección de Policía de Campoalegre
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 13:15:2
Providencia emitida en primera instancia por el Tribunal Administrativo del Huila
El Tribunal Administrativo del Huila conoció en primera instancia el proceso contencioso administrativo relacionado con la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra el municipio de Campoalegre y la Inspección de Policía local. La demanda fue presentada en contra del acto administrativo No. 130 del 13 de noviembre de 2025, mediante el cual la autoridad policial ordenó el desalojo de un inmueble de propiedad fiscal donde reside la demandante con su familia.
Antecedentes fácticos y procesales
La demandante solicitó la nulidad del acto administrativo que ordenaba su desalojo, alegando la vulneración de sus derechos al haberse fijado la ejecución de la diligencia para el 14 de diciembre de 2025. El inmueble en cuestión es un bien fiscal perteneciente al municipio, y la orden de desalojo fue emitida por la autoridad de policía competente, en cumplimiento de un acuerdo conciliatorio alcanzado en un juicio verbal abreviado que protege la posesión y tenencia de bienes inmuebles.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Tribunal examinó tres aspectos principales: las funciones jurisdiccionales de las autoridades de policía, la improcedencia del control judicial frente a sus decisiones en juicios de policía, y el caso concreto sometido a su estudio.
Según el artículo 116 de la Constitución Política, las autoridades administrativas pueden ejercer funciones jurisdiccionales de manera excepcional, en los términos previstos por la ley. En desarrollo de esta disposición, la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Policía y Convivencia) asigna a las autoridades de policía competencia para conocer y decidir sobre conflictos relacionados con la convivencia...
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