Tribunal Administrativo del Magdalena profiere auto de sentencia anticipada en demanda contra resolución del Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad
Proviene de: Sentencias
2 de marzo de 2026 13:30:1
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo del Magdalena, con sede en Santa Marta, recibió el expediente luego de que el Juzgado Trece Administrativo de Santa Marta declarara su falta de competencia funcional para continuar conociendo el caso. Conforme al artículo 138 del Código General del Proceso (C.G.P.), se remitió el proceso para su continuación, garantizando la validez de las actuaciones previas.
Antecedentes fácticos y procesales
La Asociación demandante presentó una demanda mediante el medio de control de nulidad contra el Departamento Administrativo Distrital de Sostenibilidad, solicitando la nulidad de la Resolución No. 0451 del 31 de diciembre de 2020. Dicha resolución reglamenta procedimientos relacionados con el registro, desmonte, procedimiento sancionatorio, cobro de impuesto y seguimiento de la publicidad exterior visual en el área urbana del Distrito de Santa Marta.
El proceso inició en el Juzgado Primero Administrativo de Santa Marta, que admitió la demanda en abril de 2024. Posteriormente, el proceso fue remitido al Juzgado Trece Administrativo, que negó una solicitud de medida cautelar presentada por la parte demandante. Finalmente, en noviembre de 2025, el Juzgado Trece Administrativo declaró la excepción de falta de competencia funcional y remitió el expediente al Tribunal Administrativo del Magdalena.
Consideraciones jurídicas y fundamento de la decisión
El Tribunal fundamenta su decisión en el artículo 182A, incorporado al CPACA por el artículo 42 de la Ley 2080 de 2021, que establece la figura de la sentencia anticipada para fomentar la celeridad y economía procesal. Este precepto permite dictar sentencia anticipada en cuatro supuestos, entre ellos, cuando se trate de asuntos de puro derecho y no sea necesario practicar pruebas...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.