Contexto y referencia normativa
El proyecto de decreto, anunciado por el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, buscaría modificar los artículos 2.2.2.2.1 y 2.2.2.1.4, así como adicionar un capítulo 7 al título 2 de la parte 2 del libro 2 del Decreto 1084 de 2015, conocido como el Decreto Único Reglamentario del Sector de Inclusión Social y Reconciliación. Esta iniciativa se presentaría en cumplimiento del artículo 67 de la Ley 2421 de 2024, que ajustó el sistema normativo general de la política pública de víctimas. El decreto original, expedido en 2015, regula el funcionamiento del sector de inclusión social y reconciliación, incluyendo el manejo del Registro Único de Víctimas (RUV).
Propósito y alcance del proyecto
El objetivo principal del proyecto de decreto sería establecer una Ruta Especial para la Inclusión en el RUV de las víctimas acreditadas ante la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) y reconocidas por la Unidad de Búsqueda de Personas Dadas por Desaparecidas (UBPD). Esta ruta especial buscaría armonizar los actos de acreditación y reconocimiento emitidos por estas entidades con el procedimiento administrativo previsto en la Ley 1448 de 2011 y sus reglamentos, facilitando así la inclusión de estas personas en el sistema de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno.
Cambios y medidas específicas planteadas
Entre las modificaciones propuestas, el proyecto incluiría:
- La actualización del artículo 2.2.2.2.1 para incorporar como fuentes de información del RUV las decisiones de acreditación de víctimas adoptadas por la JEP y los actos de reconocimiento de la UBPD.
- La modificación del artículo 2.2.2.1.4 para establecer los principios que deben orientar las normas...