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Consejo Nacional Electoral fija sede para escrutinio de elecciones al Congreso 2026

Proviene de: Resoluciones

6 de marzo de 2026 14:46:59

Entidad emisora, número y fecha de la resolución

La Resolución 11423 fue emitida el 25 de febrero de 2026 por el Consejo Nacional Electoral y publicada en el Diario Oficial No. 53.417 el 4 de marzo de 2026. Esta norma reglamenta un aspecto fundamental del proceso electoral correspondiente al periodo 2026-2030.

Tema principal y destinatarios

El asunto central de la resolución es la fijación del sitio para celebrar la audiencia pública de escrutinio general de las elecciones al Congreso de la República. El público destinatario comprende principalmente a los órganos electorales, jurados, partidos políticos, candidatos y ciudadanía en general, tanto a nivel nacional como en el exterior, dado que la transparencia y correcta realización del escrutinio impactan directamente en la legitimidad del proceso electoral.

Objetivo y finalidad de la resolución

El propósito de la resolución es determinar el lugar físico donde se llevará a cabo la audiencia pública para el escrutinio de votos de las elecciones legislativas del 8 de marzo de 2026 en Colombia y del 2 al 8 de marzo en el exterior. Esta audiencia es una etapa clave en la organización electoral, pues permite la revisión pública y la declaración oficial de los resultados, cumpliendo con los principios constitucionales de publicidad, transparencia y seguridad jurídica.

Decisiones principales

La resolución establece que el escrutinio se realizará en el pabellón 1, piso 2º de Corferias, ubicado en Bogotá, D.C. Allí se ubicará la Comisión Escrutadora del Consejo Nacional Electoral y la Arca Triclave, asegurando la custodia y transparencia de los documentos electorales. Para la votación en el exterior, se conformarán ocho subcomisiones integradas por magistrados del Consejo Nacional Electoral, encargadas de leer las actas y procesar los resultados. Además, se ordena enviar copias de esta decisión a la Registraduría Nacional del Estado Civil, la Procuraduría General de la Nación y el Ministerio de Relaciones Exteriores para coordinar la logística y supervisión correspondiente.

Base legal y marco normativo

La resolución se fundamenta en la Constitución Política de Colombia, especialmente en los artículos 120 y 265 que establecen las competencias del Consejo Nacional Electoral y la organización del sistema electoral. También toma como referencia el Código Electoral (Decreto Ley 2241 de 1986), en particular los artículos 116 y 207, y la Ley 1475 de 2011, que regulan la organización, dirección y escrutinio de las elecciones nacionales y en el exterior.

Modificaciones y vigencia

La norma no modifica ni revoca resoluciones previas, sino que cumple una función instrumental específica dentro del calendario electoral vigente, conforme a lo establecido por la Registraduría Nacional del Estado Civil. La resolución rige desde su publicación y expedición, asegurando que la logística y la organización del escrutinio se realicen de manera coordinada y oportuna.

Impacto potencial

Al definir el lugar y la estructura organizativa para el escrutinio, esta resolución contribuye a fortalecer la confianza en el sistema electoral colombiano, garantizando la transparencia y legalidad en la etapa decisoria de las elecciones legislativas. Además, la coordinación institucional entre las entidades involucradas busca asegurar que el escrutinio se realice con plena eficacia tanto en el territorio nacional como en el exterior, fortaleciendo la participación democrática y la legitimidad de los resultados electorales. Con esta decisión, el Consejo Nacional Electoral reafirma su compromiso con la democracia y la transparencia en Colombia, ofreciendo garantías claras para que los ciudadanos confíen en los procesos electorales que definirán el futuro del Congreso de la República en el periodo 2026-2030.

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Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico.
Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.

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