ICBF expide nueva resolución para fortalecer la participación ciudadana en la publicación de actos administrativos
Proviene de: Resoluciones
11 de marzo de 2026 13:59:51
Autoridad emisora y contexto normativo
La Resolución 1515 de 2026 fue expedida por la Dirección General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) el 10 de marzo de 2026 y publicada en el Diario Oficial No. 53.423. Esta norma reemplaza la anterior Resolución 353 de 2023, con el objetivo de adaptar y armonizar los procedimientos internos del ICBF en materia de publicación de actos administrativos y consultas ciudadanas, en línea con el marco jurídico nacional vigente.
Objeto y destinatarios de la resolución
La resolución está dirigida principalmente a las dependencias internas del ICBF encargadas de elaborar proyectos normativos y a la ciudadanía en general, especialmente a los grupos de interés y sectores afectados por la regulación. Su objetivo es facilitar la participación ciudadana en el proceso de diseño y revisión de actos administrativos de carácter general y abstracto, promoviendo la transparencia y el acceso oportuno a la información pública.
Finalidad y decisiones principales
La norma establece el trámite interno para la publicación de la agenda regulatoria y de los proyectos de actos administrativos de carácter general y abstracto, incluyendo sus memorias justificativas y anexos. Se determina que la publicación debe realizarse en el Sistema Único de Consulta Pública (Sucop), con un plazo mínimo de quince (15) días calendario para la consulta ciudadana, salvo excepciones debidamente justificadas.
Además, regula que las demás formas de consulta ciudadana relacionadas con políticas, programas o servicios, que no impliquen actos administrativos de carácter general, deberán atender los lineamientos establecidos por la Dirección de Relación con la Ciudadanía del ICBF. Esta dependencia tiene un plazo máximo de seis meses para formalizar los...
Este contenido fue escrito con la asistencia de JurIA, la inteligencia artificial de Avance Jurídico. Además, contó con la revisión del equipo jurídico y del editor.