Tribunal Administrativo de Cundinamarca ordena acumulación de demandas en proceso contra la ADRES por recobros en salud
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:43:51
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, conoció un recurso de apelación interpuesto contra el auto del Juzgado 608 Administrativo Transitorio de Bogotá que había rechazado parcialmente una demanda presentada por una Entidad Promotora de Salud (EPS) contra la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (ADRES). La EPS buscaba la nulidad parcial de nueve actos administrativos, consistentes en comunicaciones que contenían los resultados de auditorías integrales frente a paquetes de recobro por servicios de salud prestados fuera del Plan de Beneficios en Salud (PBS), por un valor total de más de 16 millones de pesos.
El juzgado de primera instancia había decidido escindir la demanda, con base en que cada comunicación era un acto administrativo independiente, y avocó conocimiento únicamente de uno de ellos, desestimando los demás. Esta decisión fue impugnada mediante recursos de reposición y apelación.
Fundamentos jurídicos y consideraciones del Tribunal
El Tribunal realizó un exhaustivo control de legalidad conforme al artículo 207 de la Ley 1437 de 2011, que establece la obligación del juez de sanear vicios procesales para evitar nulidades y promover la economía procesal. Además, tuvo en cuenta la jurisprudencia reciente del Consejo de Estado y la Corte Constitucional en materia de recobros por prestaciones no incluidas en el PBS.
La Corte Constitucional ha reconocido que las comunicaciones emitidas por la ADRES en el trámite de recobro constituyen actos administrativos, aunque no tengan la denominación formal de resolución o decreto, pues producen efectos jurídicos concretos para las EPS al aceptar o negar el pago de servicios y tecnologías...
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