Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega nulidad de sentencia sobre reintegro en la Justicia Penal Militar
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:46:16
Contexto y antecedentes del caso
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en segunda instancia, revisó un proceso iniciado por una Jueza de Instrucción Penal Militar contra el Ministerio de Defensa Nacional y su Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar. La demandante solicitó la nulidad parcial de la resolución que terminó su designación como jueza y pidió su reintegro definitivo, junto con el pago de perjuicios materiales, salarios y prestaciones dejadas de percibir, argumentando que la decisión afectó su estabilidad laboral y su núcleo familiar, además de desconocer el régimen especial de la Justicia Penal Militar.
En primera instancia, el Juzgado Octavo Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá negó las pretensiones al considerar que la comisión era transitoria y que la terminación obedeció a necesidades del servicio, sin vulnerar derechos fundamentales ni el debido proceso. Sin embargo, en segunda instancia, la Sala revocó esta decisión y ordenó la nulidad del acto administrativo, el reintegro de la jueza y el pago de las diferencias salariales, al determinar que desde agosto de 2019 la funcionaria no estaba en comisión, sino incorporada al régimen especial conforme a la Ley 1765 de 2015.
Recurso de nulidad y derecho de defensa
Posteriormente, la Unidad Administrativa Especial de la Justicia Penal Militar y Policial solicitó la nulidad de la sentencia de segunda instancia, alegando indebida notificación del auto admisorio de la demanda. Argumentó que, aunque la Dirección Ejecutiva fue transformada en esta Unidad, nunca fue formalmente vinculada al proceso, lo que vulneró su derecho al debido proceso, defensa y contradicción. La Unidad sostuvo que debía ser llamada como litisconsorte necesario para...
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