Tribunal Administrativo de Cundinamarca niega solicitud de pruebas en segunda instancia en caso de nulidad y restablecimiento del derecho
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:48:21
Contexto y naturaleza de la decisión
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda - Subsección “A”, en ejercicio de su función jurisdiccional en segunda instancia, emitió el Auto No. 061, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el radicado 11001-33-35-022-2022-00376-01. La providencia responde a una solicitud de pruebas presentada por la parte demandante tras la sentencia de primera instancia.
Antecedentes fácticos y procesales
La parte demandante, representada por su apoderado, solicitó el 27 de agosto de 2024 el decreto de diversas pruebas dirigidas a sustentar sus pretensiones, relacionadas principalmente con alegaciones de acoso laboral, daños psicológicos, y perjuicios familiares, así como aspectos médicos y administrativos vinculados con la prestación del servicio en la entidad demandada, la Secretaría Distrital de Integración Social. La solicitud incluyó documentos como dictámenes de pérdida de capacidad laboral, certificados médicos, actas de comités de convivencia, y comunicaciones con entidades de salud y seguridad social, entre otros.
Consideraciones jurídicas del Tribunal
La Sala recordó que, conforme al artículo 212 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), la solicitud de pruebas en segunda instancia está sujeta a condiciones estrictas y excepcionales, tales como la existencia de hechos nuevos, necesidad de aclarar aspectos sustanciales o la imposibilidad justificada de haberlas aportado en primera instancia.
Además, el Tribunal señaló que las pruebas deben cumplir los requisitos de pertinencia, conducencia y utilidad según el artículo 168 del Código General del Proceso, aplicable al proceso contencioso administrativo por remisión expresa del artículo 306 del CPACA.
En este caso, el Tribunal constató que las pruebas solicitadas no fueron aportadas ni solicitadas oportunamente...
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