Tribunal Administrativo de Cundinamarca decide sobre solicitud probatoria en segunda instancia en caso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:50:49
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección C, emitió un auto en el marco de un proceso de reparación directa. Esta decisión fue adoptada en segunda instancia, tras la interposición y admisión de un recurso de apelación contra la sentencia proferida por el Juzgado Administrativo de Oralidad de Circuito de Bogotá D.C., que negó las pretensiones de la demanda.
Antecedentes fácticos y procesales
En primera instancia, la parte demandante solicitó la práctica de una Junta Médica Laboral para evaluar la disminución de la capacidad laboral del demandante. Sin embargo, debido a trámites internos y procedimientos médicos, la prueba no pudo practicarse dentro del término probatorio, siendo realizada posteriormente, cuando el proceso ya estaba listo para sentencia. Dicha prueba fue aportada al expediente después de la notificación de la sentencia, por lo que no fue valorada en la decisión de primera instancia.
Tras la admisión del recurso de apelación, la parte demandante solicitó en segunda instancia que se otorgara valor probatorio al Acta de Junta Médica Laboral practicada, con el fin de que fuera considerada para el reconocimiento y tasación de los perjuicios reclamados.
Consideraciones jurídicas y fundamentación del auto
El Tribunal analizó la solicitud probatoria con base en el artículo 212 del CPACA, modificado por la Ley 2080 de 2021, que regula la práctica de pruebas en segunda instancia. Este artículo establece que en apelación se podrán decretar pruebas únicamente en cinco casos específicos, entre ellos cuando la prueba haya sido negada o no practicada en primera instancia sin culpa de la parte que la solicitó.
En este caso, el Tribunal constató...
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