Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite apelación en proceso contra el Ministerio de Defensa
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:53:15
Contexto y antecedentes del caso
El Juzgado Treinta y Tres Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá profirió una sentencia de primera instancia el 14 de febrero de 2025, la cual fue notificada electrónicamente a las partes el mismo día. Contra dicha providencia, tanto la parte demandante como la demandada presentaron y sustanciaron sus recursos de apelación dentro del término legal, el 20 y 27 de febrero de 2025, respectivamente. El juzgado concedió el efecto suspensivo a estos recursos y remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para su decisión en segunda instancia.
El proceso se adelanta bajo el régimen de la Ley 2080 de 2021, que modificó aspectos relevantes del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), especialmente en lo relacionado con el trámite y admisión del recurso de apelación contra sentencias.
Consideraciones jurídicas y admisión del recurso
El Tribunal hizo referencia al artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, que regula el procedimiento para la interposición y trámite del recurso de apelación contra sentencias en primera instancia. Este artículo establece que el recurso debe presentarse y sustentarse ante la autoridad que profirió la sentencia dentro de los diez días siguientes a su notificación, y contempla la celebración de audiencias de conciliación en ciertos casos.
En este caso, ambas partes cumplieron con el término para la interposición y sustentación del recurso de apelación, por lo que el Tribunal decidió admitir dichos recursos para su estudio y resolución.
Incorporación de prueba documental y trámite procesal
Durante el recurso de apelación, la parte...
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