Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recursos de apelación y decreta prueba en proceso de reparación directa contra el Ministerio de Defensa
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:53:55
Contexto y tribunal competente
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Tercera, Subsección “A”, con sede en Bogotá D.C., fue el encargado de conocer y resolver sobre la admisión de los recursos de apelación presentados en un proceso de reparación directa. La decisión se profirió en cumplimiento de lo ordenado por el Despacho, luego de que el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Bogotá emitiera una sentencia parcial en primera instancia.
Antecedentes procesales
En primera instancia, el Juzgado Administrativo emitió sentencia el 1 de septiembre de 2025, accediendo parcialmente a las pretensiones de la demanda. Posteriormente, mediante autos del 19 de septiembre y 25 de noviembre de 2025, se concedieron los recursos de apelación inicialmente solo a la entidad demandada y luego también a la parte actora. Con base en lo anterior, el Tribunal evaluó la admisibilidad de ambos recursos.
La notificación de la sentencia y la interposición de los recursos se realizaron dentro de los términos legales establecidos en el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, que exige que el recurso de apelación se interponga y sustente ante la autoridad que profirió la providencia en un plazo de diez días.
Consideraciones sobre la admisibilidad y solicitud probatoria
El Tribunal confirmó que los recursos de apelación son procedentes conforme al artículo 243 del CPACA, dado que se trata de sentencias de primera instancia proferidas por un juez administrativo.
Respecto a la solicitud probatoria, la parte actora pidió que se decretara en segunda instancia la práctica de la Junta Médica Laboral de Retiro requerida para el caso. Aunque el artículo 212 del CPACA establece que la...
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