Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en proceso de reparación directa contra Superintendencia Nacional de Salud
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:55:5
Contexto y naturaleza de la decisión
El pasado 27 de febrero de 2026, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de la Sección Tercera, Subsección “A”, emitió un auto mediante el cual admitió el recurso de apelación interpuesto por el Instituto del Corazón de Bucaramanga S.A. La decisión se refiere a un proceso de reparación directa en contra de la Superintendencia Nacional de Salud, cuya sentencia de primera instancia, proferida por el Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Bogotá el 14 de octubre de 2025, negó las pretensiones demandadas.
Antecedentes fácticos y procesales
El caso se originó cuando el Instituto del Corazón de Bucaramanga S.A. presentó una demanda de reparación directa contra la Superintendencia Nacional de Salud. El Juzgado Treinta y Tres Administrativo de Bogotá negó las pretensiones en sentencia emitida el 14 de octubre de 2025. En respuesta, la parte demandante interpuso oportunamente recurso de apelación el 20 de octubre de 2025, dentro del plazo legal establecido.
Consideraciones jurídicas del Tribunal
El Tribunal analizó la admisión del recurso de apelación conforme a las disposiciones aplicables, especialmente el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), modificado por la Ley 2080 de 2021. Se destacó que el recurso fue presentado dentro del término legal y que, en virtud de que la sentencia apelada fue proferida en primera instancia por un Juez Administrativo, el recurso es plenamente procedente.
Además, el tribunal recordó que el trámite del recurso debe seguir las reglas previstas en el artículo 247 del CPACA, modificado por el artículo...
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