Tribunal Administrativo de Cundinamarca corrige error en sentencia sobre indemnización por perjuicios morales
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 14:59:33
Providencia de segunda instancia y solicitud de corrección
La providencia objeto de análisis fue emitida por la Subsección B de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en sede de apelación, dentro de un proceso de reparación directa contra la Nación, Ministerio de Defensa Nacional – Ejército Nacional y otro. En primera instancia, el juzgado administrativo competente negó las pretensiones de la demanda.
Posteriormente, el Tribunal Administrativo revocó dicha sentencia en un fallo de segunda instancia, condenando a la entidad demandada a pagar indemnizaciones por perjuicios morales equivalentes a 100 salarios mínimos legales vigentes (SMLV) a cada una de las personas demandantes.
Tras la expedición de esta sentencia, una de las partes solicitó la corrección del numeral tercero de la parte resolutiva, debido a errores gramaticales en el nombre de una de las beneficiarias, evidenciándose una discrepancia entre el nombre consignado en la sentencia y el registrado en documentos oficiales como la cédula de ciudadanía y el registro civil de nacimiento.
Fundamentos jurídicos para la corrección
El Tribunal recordó que el artículo 286 del CGP, aplicable por integración con el artículo 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), otorga al juez la facultad para corregir errores aritméticos, omisiones o cambios en palabras que afecten la parte resolutiva de una providencia, ya sea de oficio o a petición de parte, en cualquier momento, incluso después de finalizado el proceso.
En este contexto, el Tribunal verificó que el error en cuestión era efectivamente meramente gramatical y que la corrección solicitada no alteraba el sentido ni el contenido de la decisión en cuanto...
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