Tribunal Administrativo de Cundinamarca aclara y adiciona auto sobre recursos de apelación en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:1:2
Contexto y naturaleza de la providencia
El pasado 2 de marzo de 2026, la subsección C de la sección tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, a través de un auto firmado por el magistrado ponente, aclaró y adicionó un auto previo fechado el 9 de diciembre de 2025. Este auto inicial admitió los recursos de apelación interpuestos contra una sentencia de primera instancia dictada por el Juzgado Treinta y Ocho Administrativo Oral del Circuito de Bogotá. La sentencia original había accedido parcialmente a las pretensiones planteadas en la demanda.
Antecedentes fácticos y procesales
La acción de reparación directa fue promovida contra el Departamento de Cundinamarca y otras entidades, luego de que el juzgado de primera instancia emitiera una decisión favorable parcialmente a los demandantes. Posteriormente, ambas partes interpusieron recursos de apelación para controvertir aspectos de esa sentencia. La providencia aclaratoria se originó tras una solicitud de aclaración y complementación presentada por la parte demandada respecto al auto que admitió inicialmente dichos recursos.
Consideraciones jurídicas y motivo principal del auto aclaratorio
El Tribunal, en aplicación de los artículos 285 y 287 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), determinó que era procedente aclarar y adicionar el auto de admisión de apelaciones, en tanto aún estaba pendiente la admisión del recurso presentado por la parte demandante, quien además solicitó la práctica de pruebas en esta instancia.
El auto aclaratorio establece expresamente la admisión de los recursos de apelación interpuestos en tiempo y forma por las partes demandadas, incluyendo varias entidades públicas y privadas involucradas en el proceso, así como por la parte demandante. Además,...
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