Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación en proceso de reparación directa contra EAAB
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:8:22
Contexto y competencia del tribunal
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en su Sección Tercera, Subsección B, conoció y resolvió la admisión del recurso de apelación contra la sentencia dictada por el Juzgado Cincuenta y Nueve (59) Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá. La providencia corresponde a una segunda instancia dentro del trámite oralidad del proceso de reparación directa, en el cual la parte demandante es una sociedad en liquidación y la parte demandada, la Empresa de Acueducto, Agua y Alcantarillado de Bogotá – EAAB.
El recurso fue presentado conforme a lo previsto en el numeral 3 del artículo 125 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 20 de la Ley 2080 de 2021, que otorga competencia al magistrado ponente para dictar providencias interlocutorias y de sustanciación durante cualquier instancia, incluida la admisión del recurso de apelación.
Antecedentes del proceso
El Juzgado Administrativo de primera instancia emitió sentencia el 25 de agosto de 2025, declarando probada la excepción de caducidad de la acción y ordenando la terminación del proceso. Esta decisión fue notificada personalmente a las partes mediante mensaje de datos el 27 de agosto del mismo año.
Posteriormente, el apoderado de la parte demandante interpuso recurso de apelación el 10 de septiembre de 2025, dentro del término legal de diez días hábiles siguientes a la notificación, que vencía el 12 de septiembre. El juez de primera instancia concedió el recurso con efecto suspensivo en providencia del 19 de enero de 2026 y remitió el expediente al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para su competencia.
Consideraciones del tribunal y admisión del recurso
El Tribunal revisó el...
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