Tribunal Administrativo de Cundinamarca admite recurso de apelación y decreta pruebas en proceso de reparación directa
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:14:13
Contexto y naturaleza de la decisión
La providencia judicial emitida corresponde a un auto proferido por la Sección Tercera, Subsección “A” del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en Bogotá, en segunda instancia, el 27 de febrero de 2026. Este auto resuelve sobre la admisión del recurso de apelación presentado por las partes contra una sentencia de primera instancia dictada por un Juzgado Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, el 16 de diciembre de 2025, en un proceso de reparación directa.
Antecedentes fácticos y procesales
El proceso se originó por una demanda contra la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, en la que se discutía la reparación directa por daño laboral. La sentencia inicial accedió a las pretensiones de la demanda. Posteriormente, ambas partes interpusieron recurso de apelación de forma oportuna, conforme a los plazos establecidos en el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011.
Dentro del trámite, la parte demandante solicitó el decreto de pruebas adicionales en segunda instancia, específicamente el dictamen pericial de la Junta Médica Laboral y un acta adicional. Estas pruebas habían sido solicitadas en primera instancia, decretadas pero no incorporadas formalmente al expediente por circunstancias atribuibles a la parte demandada.
Consideraciones jurídicas de la providencia
El Tribunal recordó que, según el artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA), son apelables las sentencias de primera instancia proferidas por jueces administrativos. Por tanto, el recurso de apelación presentado es procedente.
Respecto a la solicitud probatoria, se destacó que el artículo 212 del CPACA establece que la práctica de pruebas en segunda instancia es excepcional y debe cumplir...
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