Tribunal Administrativo de Cundinamarca confirma rechazo de demanda por falta de subsanación en proceso de reparación directa contra el ICBF
Proviene de: Sentencias
11 de marzo de 2026 15:16:56
Contexto y antecedentes del caso
La decisión fue adoptada por la Subsección C de la Sección Tercera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, en el trámite de un recurso de apelación interpuesto contra el auto del Juzgado 63 Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, que originalmente rechazó la demanda. La demanda fue presentada por una ciudadana que solicitó declarar patrimonial y extracontractualmente responsable al ICBF por daños presuntamente ocasionados en el marco de un procedimiento de adopción.
El juzgado de primera instancia inadmitió inicialmente la demanda el 15 de octubre de 2025, requiriendo al apoderado judicial que subsanara varias deficiencias formales, tales como: aportar constancia de agotamiento de conciliación extrajudicial, presentar un poder válido, precisar con claridad las pretensiones, hechos y acciones u omisiones atribuidas al ICBF, probar el envío de la demanda a la parte demandada, y proporcionar información sobre un proceso penal relacionado. Posteriormente, se otorgó un segundo término para subsanar estos defectos, sin que la parte demandante cumpliera con todos los requerimientos.
Ante la insuficiencia de las correcciones, el juzgado rechazó la demanda el 10 de diciembre de 2025. Contra esta decisión se interpuso recurso de apelación, el cual fue concedido para su estudio por la Subsección C del Tribunal Administrativo de Cundinamarca.
Consideraciones jurídicas y fundamentos de la decisión
El Tribunal confirmó la competencia para conocer el recurso de apelación, dado que el proceso cuenta con vocación de doble instancia y el auto que rechaza la demanda es susceptible de esta impugnación conforme al artículo 243 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA).
En cuanto al mérito, la Sala...
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